Les recordamos que por disposición 189/23 podrán iniciar el cursado de la unidad curricular Práctica IV – Residencia Pedagógica las/los estudiantes que adeuden hasta un máximo de (2) dos exámenes finales, los que deberán acreditar en un turno de examen excepcional hasta el 30 de abril. En caso de no acreditar uno o los dos exámenes finales adeudados, la/el estudiante no podrá continuar con el cursado de dicha unidad curricular.